Compendio de Derecho Judicial Dominicano
Ley No. 278-04 sobre la Implementación del Proceso Penal instituido por la Ley No. 76-02.
Ley No. 278-04 sobre la Implementación del
76-02.
Proceso Penal instituido por la Ley No. 76-02
No.
Leyla
EL CONGRESO NACIONAL
por
En Nombre de la Repúlica
instituidoLey No. 278-04
PenalCONSIDERANDO: Que tras la promulgaci en fecha diecinueve(19) de julio del a dos mil dos (2002) del Código Procesal Penal,publicado en la Gaceta Oficial No.10170, en fecha veintisiete
Proceso
(27) de septiembre del dos mil dos (2002), el Poder Ejecutivo
del
conform mediante Decreto la Comisi Nacional de Ejecuci de laReforma del Proceso Penal (CONAEJ);CONSIDERANDO:
Que
en
aras
de
hacer
viable
la
implementación exitosa del Código Procesal Penal, es menester
Implementación
organizar legalmente un sistema que regule los procesos que
la
estarán en curso al momento de la entrada en vigencia delreferido cuerpo legal;
sobreCONSIDERANDO: Que es de alto interés que la entrada envigencia del Código Procesal Penal alcance el mayor éxito
278-04
posible y que para asegurar este resultado es necesario
No.
establecer
estrategias
que
permitan
descongestionar
de
Ley
manera expedita los tribunales de los procesos que se ventilande
conformidad
al
sustituido
Código
de
Procedimiento
Criminal;CONSIDERANDO:
Que
con
el
fin
de
lograr
este
descongestionamiento se deberán establecer normas quepermitan establecer la no persecución de determinados casosque por su poca relevancia social y escasa lesividad pueden serexpiados de manera general;CONSIDERANDO: Que si bien es cierto que se hace necesarioun mecanismo expedito de descongestionamiento del sistemapenal nacional, no menos cierto es que el mecanismo diseñado
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al efecto no puede convertirse en un medio que consagre enmodo alguno la impunidad de hechos de alta peligrosidadsocial;CONSIDERANDO: Que del mismo modo, resulta de granutilidad práctica para la transición al nuevo proceso y para la
76-02.
solución con razonable celeridad de los asuntos pendientes, el
No.
establecimiento de un sistema de liquidación mediante el cual
Ley
se procesen y decidan los casos que se mantengan vigentes
la
luego del descongestionamiento expedito, estableciéndose del
por
mismo modo un plazo razonable, vencido el cual sin lograrsedecisión definitiva se pronuncie su extinción;CONSIDERANDO: Que con el propósito de alcanzar el esperado
instituido
éxito
de
la
reforma,
es
pertinente
racionalizar
la
Penal
implementación, regulando la entrada paulatina de lasdiversas instituciones del Código Procesal Penal, en la medidaen que cada una de ellas garantice el buen desenvolvimiento
Proceso
del proceso de reforma;
delCONSIDERANDO:
Que
para
el
éxito
del
proceso
de
implementación,
es
necesario
afirmar
la
planificación
estratégica en torno al empleo de los recursos humanos ymateriales, de modo que permita, en la medida de lo posible,
Implementación
que el conocimiento de los procesos, se realice a partir de la
la
cantidad necesaria de jurisdicciones, afirmando el sistemaprocesal por el cual ha optado el legislador y regulando la
sobre
entrada en vigor paulatina de aquellas instituciones, cuyapuesta en vigencia inmediata pueda limitar la eficacia del
278-04
proceso
de
implementación
del
sistema
procesal
penal
No.
aprobado mediante la Ley 76-02;
LeyCONSIDERANDO: Que al proclamar y reconocer la vigencia delos principios que gobiernan y orientan el contenido del CódigoProcesal Penal, se hace necesario organizar prioritariamentelas estructuras que, como la defensa pública, constituyen labase indispensable para la manifestación práctica y realizaciónde aquellos principios, normas y garantías sobre los que searticula el Código Procesal Penal;CONSIDERANDO: Que el Poder Ejecutivo ha creado medianteel Decreto No. 420-02 de fecha 6 de junio del año 2002, laComisión Nacional de Ejecución de la Reforma Procesal Penal,estructura encargada de la ejecución de la reforma procesalpenal; por lo que es necesario concretar las atribuciones de este
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órgano a los fines de definir las políticas, planes y estrategiasdel proceso de ejecución de la reforma;CONSIDERANDO: Que la ejecución de la presente ley,promulgada para el proceso de implementación hacia elsistema instituido por el Código Procesal Penal conlleva elempleo de recursos materiales cuya proveniencia es obligatorio
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precisar conforme a los fines de esta ley y, a las exigencias
No.
constitucionales;
LeylaCONSIDERANDO: Que la aprobación de la presente ley de
por
implementación al regular la entrada en vigencia del CódigoProcesal Penal, ha de prever las situaciones de conflicto entre lalegislación
anterior
y
aquella
que
introduce
la
nueva
instituido
legislación; que en consecuencia es indispensable precisar lasnormas
abrogadas
y
derogadas
por
ésta,
para
evitar
Penal
confusiones acerca de la vigencia de las normas y esclarecer loscontenidos imprecisos que puedan solucionar conflictos ylagunas en su interpretación y aplicación.
Proceso
delVISTAS, la Ley No. 1014 de 11 de octubre de 1935, quemodifica los procedimientos correccionales y criminales; la LeyNo. 5353 de 22 de octubre de 1914, que regula el HabeasCorpus; la Ley No. 223 de 1984, que regula la suspensióncondicional de la pena; la Ley No. 489 de 22 de octubre de 1969
Implementación
modificada por la Ley 278 del 29 de julio de 1998 que regula el
la
Procedimiento sobre Extradición; y, la Ley No. 1367 de 23 deagosto de 1937, que regula el cobro de costas en materia de
sobre
simple policía con apremio corporal;
278-04VISTAS, la Ley No. 3726 del 29 de diciembre de 1953, queregula el Procedimiento de Casación; la Ley No. 164 que
No.
establece la Libertad Condicional, del 7 de octubre del año
Ley
1980; la Ley No. 674 de 25 de abril de 1934, sobreProcedimiento para el cobro de multas impuestas por lostribunales; la Ley No. 50-88 del 30 de mayo del 1988 sobreDrogas y Sustancias Controladas y la Ley Institucional de laPolicía Nacional del año 2004 que sustituye la Ley de Policía No.6141 del 28 de diciembre de 1962;VISTA, la Ley 821 de 1927, sobre Organización Judicial;VISTOS, los Decretos Nos. 288-96 que reglamenta la Ley 50-88sobre Drogas y Sustancias Controladas y el 420-02 de fecha 6de junio del año 2002;
417Compendio de Derecho Judicial DominicanoVISTOS, el Código de Justicia Policial, en la Ley No. 285 del 29de junio de 1966 y el Código de Justicia de las Fuerzas Armadascontenido en la Ley No. 3483 del 13 de Febrero de 1953;VISTA, la Ley 76-02 promulgada en fecha diecinueve (19) dejulio del año dos mil dos (2002) y publicada en la Gaceta Oficial
76-02.
No.10170, de fecha veintisiete (27) de septiembre del dos mil
No.
dos (2002) que instituye el Código Procesal Penal;
LeyVISTAS, las Resoluciones No. 512 del 19 de abril del año dos
la
mil dos (2002) y la No. 1920 fecha trece (13) de noviembre del
por
año dos mil tres (2003), ambas dictadas por la Suprema Cortede Justicia;
instituidoVISTA,
la
Resolución
No.
14786/2003
dictada
por
el
Procurador General de la República en fecha veinte (20) de