Reglamento No. 40-08, de fecha 16 de enero de 2008, para la Aplicación de la Ley No. 122-05, sobre Regulación y Fomento de las Asociaciones sin Fines de Lucro en la República Dominicana, G. O. No. 10457 del 18 de enero de 2008 TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I. OBJETO, CONTENIDO Y PRINCIPIOS DEL DERECHO DE ASOCIACION Artículo 1.- Objeto del Reglamento. Artículo 2.- Ambito de aplicación. Artículo 3.- Contenido y principios del derecho de asociación. Artículo 4.- Capacidad para asociarse. Artículo 5.- Relaciones con los organismos e instituciones públicas. CAPITULO II.
LAS ASOCIACIONES SIN FINES DE LUCRO Sección 1ª. Clasificación Articulo 6.- Clasificación. Articulo 7.- Las asociaciones de beneficio público o servicio a terceras personas. Artículo 8.- Las asociaciones de beneficio mutuo. Artículo 9.- Asociaciones mixtas. Artículo 10.-Órganos interasociativos de las asociaciones sin fines de lucro. Sección 2ª. Funcionamiento Artículo 11.- Régimen de las asociaciones. Artículo 12.- La asamblea general. Artículo 13.- El órgano de dirección y representación. Artículo 14.- Régimen interno. Artículo 15.- Registro de estatutos. Artículo 16.- Legislación y normativas sectoriales. Artículo 17.- Destino de los beneficios. Artículo 18.- Obligaciones documentales. Artículo 19.- Obligaciones contables. Artículo 20.- Responsabilidad de las asociaciones inscritas. Artículo 21.- Modificación de los estatutos. Sección 3ª. Disolución Artículo 22.- Causas. Artículo 23.- Tramitación de la disolución. Artículo 24.- Liquidación de la asociación. Artículo 25.- Liquidadores. Artículo 26.- Destino del patrimonio.Sección 4ª. Los asociados Artículo 27.- Derecho a asociarse. Artículo 28.- Sucesión en la condición de asociado. Artículo 29.- Derechos de los asociados. Artículo 30.- Deberes de los asociados. Artículo 31.- Renuncia voluntaria. TITULO II DE LA INCORPORACION CAPITULO I. CONSTITUCIÓN DE LAS ASOCIACIONES SIN FINES DE LUCRO Artículo 32.- Constitución. Artículo 33.- Acuerdo de constitución. Artículo 34.- Acta de la asamblea constitutiva. Artículo 35.- Estatutos. Artículo 36.- Domicilio. CAPITULO II.
REGISTRO DE INCORPORACION Sección 1ª. Registro de Incorporación de Asociaciones Subsección 1ª. Carácter y efectos de la incorporación Artículo 37.- Derecho de inscripción. Artículo 38.- Efectos de la inscripción. Artículo 39.- Responsabilidades. Subsección 2ª. Registros de Incorporación Artículo 40.- Tipos de registro. Artículo 41.- Los registros de incorporación de la Procuraduría General de las Cortes de Apelación. Artículo 42.- El Registro Nacional de Incorporación. Subsección 3ª. Actos inscribibles Artículo 43.- Actos inscribibles. Subsección 4ª. Procedimiento de inscripción Artículo 44.- Solicitud de inscripción. Artículo 45.- Organo competente para recibir la solicitud de inscripción. Artículo 46.- Contenido de la solicitud. Artículo 47.- Documentación que debe aportarse con las solicitudes de incorporación. Artículo 48.- Asociaciones e instituciones religiosas. Sección 2ª. Inscripción de la modificación de los estatutoArtículo 49.- Plazo de presentación de la solicitud de inscripción. Artículo 50.- Solicitud de inscripción. Artículo 51.- Documentación que debe aportarse con la solicitud. Sección 3ª. Inscripción de la identidad de los titulares de los órganos directivos u órgano de dirección y representación Artículo 52.- Plazo de presentación de la solicitud de inscripción. Artículo 53.- Contenido de la solicitud y documentación que debe aportarse. Sección 4ª. Inscripción de la apertura y cierre de delegaciones o establecimientos Artículo 54.- Plazo de presentación de la solicitud de inscripción. Artículo 55.- Contenido de la solicitud y documentación que debe aportarse. Sección 5ª. Inscripción de órganos interasociativos Artículo 56.- Requisitos. Artículo 57.- Lugar de la inscripción. Artículo 58.- Procedimiento de inscripción. Sección 6ª.
Inscripción de la integración y separación de asociaciones de un órgano
interasociativo Artículo 59.- Plazo de presentación de la solicitud. Artículo 60.- Contenido de la solicitud y documentación que debe aportarse. Sección 7ª. Inscripción de la disolución de las asociaciones Artículo 61.- Plazo de presentación de la solicitud. Artículo 62.- Contenido de la solicitud y documentación que debe aportarse. Sección 8ª. Inscripción de delegaciones en República Dominicana de asociaciones extranjeras Artículo 63.- Obligación. Artículo 64.- Contenido de la solicitud y documentación que debe aportarse. Artículo 65.- Procedimiento para la autorización e inscripción. Artículo 66.- Cese de actividades, traslado o cierre de delegación. CAPÍTULO III.
RÉGIMEN JURÍDICO Y PROCEDIMIENTO DE LA
INSCRIPCIÓN Artículo 67.- Realización de la inscripción. Artículo 68.- Plazo y procedimiento de incorporación. Artículo 69.- Corrección de errores en la solicitud de inscripción. Artículo 70.- Mora. Artículo 71.- Publicidad de la incorporación. Artículo 72.- Publicación de la incorporación.Artículo 73.- Otorgamiento del número de Registro de Incorporación e inscripción en éste. Artículo 74.- El Número de Registro de Incorporación (NRI). Artículo 75.- Comunicación al Registro Nacional de las inscripciones realizadas en los registros de incorporación de las Procuradurías de las Cortes de Apelación. Artículo 76.- Inicio de los efectos de la incorporación. Artículo 77.- Régimen de recursos. TITULO III DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 78.- Consideración de interés social. Artículo 79.- Lineamientos de las políticas públicas. Artículo 80.- Fortalecimiento institucional. Artículo 81.- Medidas de fomento y promoción. Artículo 82.- Oficinas de relaciones con las asociaciones sin fines de lucro. Artículo 83.- Promoción de acuerdos y convenios por el Secretariado Técnico de la Presidencia. Artículo 84. Consejos Sectoriales de Asociaciones. CAPITULO II.
APORTES A LAS ASOCIACIONES SIN FINES DE LUCRO Artículo 85.- Principios generales. Artículo 86.- Asociaciones y programas que pueden resultar beneficiarios de fondos públicos. Artículo 87.- Lugar de presentación de solicitudes. Artículo 88.- Plazo de presentación. Artículo 89.- Requisitos exigibles a las entidades solicitantes. Artículo 90.- Documentación a presentar. Artículo 91.- Tramitación de las solicitudes. Artículo 92.- Competencia para recomendar la concesión de fondos públicos. Artículo 93.- Justificación del uso de los fondos públicos. TITULO IV EL CENTRO NACIONAL DE FOMENTO Y PROMOCIÓN DE LAS ASOCIACIONES SIN FINES DE LUCRO CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 94.- Finalidad. Artículo 95.- Competencias. Artículo 96.- Dependencia administrativa. Artículo 97.- Atribuciones. Artículo 98.- Sede del Centro Nacional. Artículo 99.- Recursos para su funcionamiento. CAPITULO II.
ORGANIZACIONArtículo 100.- Composición. Artículo 101.- El presidente. Artículo 102.- Atribuciones del presidente. Artículo 103.- Vicepresidentes. Artículo 104.- Secretario de actas. Artículo 105.- Vocales. Artículo 106.- Secretaría ejecutiva. CAPÍTULO III.
FUNCIONAMIENTO Y PROCEDIMIENTO DE ADOPCIÓN
DE DECISIONES Artículo 107.- Régimen de reuniones y funcionamiento. Artículo 108.- Reglamento interno. CAPITULO IV.
ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LAS
ASOCIACIONES SIN FINES DE LUCRO Artículo 109.- Período. Artículo 110.- Normas y criterios a seguir en el proceso eleccionario. Artículo 111.- Requisitos y condiciones para presentar candidatos. Artículo 112.- Formalización de las candidaturas. Artículo 113.- Apertura y plazo para la presentación de candidaturas. Artículo 114.- Aceptación y proclamación de las candidaturas. Artículo 115.- Período de votación. Artículo 116.- Formación de las ternas. Artículo 117.- Publicación de las ternas. Artículo 118.- Elección de los miembros. Artículo 119.- Publicidad e información. Artículo 120.- Juramentación de los nuevos miembros CAPITULO V.
ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS
ORGANISMOS PUBLICOS Artículo 121.- Designación. Artículo 122.- Procedimiento. Artículo 123.- Duración. CAPITULO VI.
LA CALIFICACION Artículo 124.- Calificación de las asociaciones sin fines de lucro. Artículo 125.- Procedimiento de calificación. Artículo 126.- Revisión de la calificación. CAPITULO VII.