PODER JUDICIAL
DIRECCIÓN GENERAL DE LA CARRERA JUDICIAL
Dirección para Asuntos de la Carrera Judicial
División de Evaluación del Desempeño
REGLAMENTO DE APLICACIÓN DEL SISTEMA
DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO DE JUECES
ÍNDICE
Objeto y Definición .....................................................................................................................................................8
Objetivos .........................................................................................................................................................................8
Base Legal .................................................................................................................................................................... 10
Ámbito de Aplicación .............................................................................................................................................. 10
Derivaciones ............................................................................................................................................................... 11
Políticas ........................................................................................................................................................................ 11
Políticas y procedimientos institucionales ....................................................................................................... 12
Periodicidad ................................................................................................................................................................ 14
Responsables de la Aplicación del Sistema de Evaluación del Desempeño ................................................................................................................................... 14
Competencias Objeto de Medición ................................................................................................................... 17
Competencias judiciales ................................................................................................................................ 17
Competencias no judiciales ............................................................................................................................ 18
Competencias Judiciales: Información estadística de la labor del juez y Estructuración de la sentencia o resolución ................................................................................................................................................................ 18
Definición de los factores y distribución de la puntuación .................................................................................................................................................................. 18
Competencias Judiciales ........................................................................................................................................ 18
Información Estadística de la Labor del Juez ............................................................................................. 18Estructuración de la sentencia o resolución ............................................................................................... 33
Competencias No Judiciales. Definición de factores y Distribución de la Puntuación .......................................................................................................................... 34
Escala de evaluación ................................................................................................................................................ 37
Definición de Grados ............................................................................................................................................... 37
Instrumentos utilizados en el proceso de Evaluación del Desempeño de los Jueces .............................................................................................................................. 38
Visita de Evaluación – Objeto y Definición ...................................................................................................... 39
Entrega de los Resultados del Proceso de Evaluación del Desempeño ......................................................................................................................................................... 41
Etapas del Proceso de Evaluación del Desempeño ...................................................................................... 42
Revisión de la Evaluación del Desempeño de Jueces ................................................................................. 43
Medidas a Ejecutarse como resultado del Proceso de Evaluación del Desempeño ............................................................................................................................ 45
ANEXOS
Instructivo del Proceso ........................................................................................................................................... 51
Asuntos Administrativos de la Evaluación del Desempeño de Jueces ............................................................................................................................................ 59
REGLAMENTO DE APLICACIÓN DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO DE
LOS JUECES MIEMBROS DEL PODER JUDICIAL
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. OBJETO Y DEFINICIÓN
Este Reglamento tiene por objeto regular el procedimiento de evaluación del desempeño de los jueces miembros del sistema de Carrera Judicial. A esos fines en él se integran las normas y procedimientos utilizados en el proceso de evaluación de jueces, con el propósito de servir de guía a todos los involucrados en el mismo, a fin de garantizar su uniformidad y continuidad. También tiene el propósito de asegurar que los jueces tengan fácil acceso a los parámetros por los cuales serán evaluados.
A los fines del presente Reglamento se define la evaluación del desempeño como el instru-mento que nos permite medir la labor de los jueces integrantes del Poder Judicial, con la fina-lidad de mantener el más alto nivel de eficiencia de la justicia y de maximizar su actuación y rendimiento, contribuyendo al logro general de las metas y estándares establecidos.
Se lleva a cabo por el conjunto de procesos y subprocesos de trabajo que adjudican a cada juez una valoración objetiva en la escala de rendimiento satisfactorio aprobada por la Suprema Corte de Justicia.
ARTÍCULO 2. OBJETIVOS
Con la aplicación del sistema de evaluación del desempeño se persiguen lo siguientes objeti-vos:
1. Maximizar la actuación y el rendimiento de los jueces y lograr que sea una herramienta
para su mejoramiento profesional individual y del sistema judicial en general.
2. Proveer una herramienta que permita obtener elementos de juicio para la toma de deci-
siones sobre los jueces en el sistema de Carrera Judicial y de manera particular en el esca-lafón judicial.
3. Servir de base de comprobación del mérito y la eficiencia de los jueces.
4. Disponer de un instrumento que contribuya a la determinación de necesidades de capa-
citación y actualización continua de acuerdo a los requerimientos institucionales y a la condición del juez.
5. Ofrecer una retroalimentación adecuada, que permita que el plan de capacitación des-arrollado supere cualquier deficiencia existente y refuerce el desempeño correcto del juez.
ARTÍCULO 3. BASE LEGAL
Ley 327-98, de Carrera Judicial, de fecha 9 de julio de 1998.
Reglamento de la Ley de Carrera Judicial de fecha 1 de noviembre del 2000.
Acta del Pleno de la SCJ Núm. 43-05, de fecha 8 de diciembre de 2005.
Acta del Pleno de la SCJ Núm. 13-07, de fecha 12 de abril de 2007.
ARTÍCULO 4. ÁMBITO DE APLICACIÓN
Este Reglamento es de aplicación general a los jueces que integran el Poder Judicial.
ARTÍCULO 5. DERIVACIONES
La evaluación del desempeño puede condicionar en los jueces a los cuales se les aplica:
1. Su permanencia o retiro de la Carrera Judicial.
2. Los movimientos en el escalafón de la Carrera Judicial.
3. Su participación en concursos de ascensos.
4. La obtención de becas y participación en cursos especiales de capacitación.
5. Su participación en programas de bienestar social.
6. La concesión de estímulos de carácter moral y económico.
7. La formulación de programas de capacitación específicos o particulares.
ARTÍCULO 6.POLÍTICAS
Las políticas que rigen el sistema de evaluación del desempeño son las siguientes:
1. Antes de iniciar cada proceso de evaluación, los jueces evaluados deberán estar informa-
dos sobre el mismo, con la finalidad de garantizar su objetividad e imparcialidad.
2. Los datos estadísticos remitidos por el juez a ser evaluado, podrán ser objeto de certifica-
ción y validación por parte de la División de Evaluación del Desempeño (DED), cuando se considere pertinente.
3. En caso de que la calificación final de la evaluación del desempeño de un juez resulte en
números enteros y decimales, no podrá ser objeto de redondeo.
4. Al iniciar cada proceso de evaluación, los presidentes de las Cortes de Apelación y equi-
valentes deben reportar la distribución de los expedientes entrados en su tribunal, en el año sujeto a evaluación.
5. El juez inconforme con los resultados de su evaluación podrá solicitar la revisión de lamisma.
6. El sistema de evaluación del desempeño será revisado periódicamente, con la finalidad de
mejorarlo y adecuarlo a nuevas consideraciones que puedan surgir sobre el tema.
ARTÍCULO 7. POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS INSTITUCIONALES
7.1 A los fines del presente Reglamento de aplicación del sistema de evaluación del desem-
peño, los jueces deben cumplir las siguientes normas y políticas institucionales.
7.1.1 Atender la solicitud de un ciudadano de que sea activado un caso, cursado ante la
Unidad de Seguimiento de Casos.
7.1.2 Envío del informe de gestión cuando un juez cesa en el ejercicio de sus funciones,
por haber sido designado en otra plaza, por ascenso, traslado o cambio.
7.1.3 El envío, por parte de los jueces de las Cortes de Apelación y equivalentes y de los
jueces de los tribunales colegiados de primera instancia, a la DED de las copias de las sentencias motivadas por ellos.
7.1.4 El envío, por parte de los jueces evaluados, a la DED, de una relación con la cantidad
de expedientes fallados, identificados con su respectiva numeración.
La falta de cumplimiento por parte de los jueces evaluados de las anteriores políticas
y procedimientos institucionales, conlleva la disminución en su calificación del año sujeto a evaluación en el que se produjo el incumplimiento, de 1 punto por cada inobservancia. Esta disminución se producirá en la calificación final del juez eva-luado.
7.2. Cuando el Presidente de un tribunal colegiado, cumpliendo con su obligación, desapodera
a un juez de un expediente, por retraso en la entrega del proyecto, o cuando un proyecto de sentencia es modificado sustancialmente por otro juez del tribunal, por mandato del pleno, el mismo será reasignado a otro juez, sin ser descontado al juez original. El fallo correspondiente se le computará al juez que se le reasignó el caso y al juez que se le desapoderó le quedará como pendiente. Este procedimiento se hará a través de un for-mulario diseñado a esos fines y será enviado a la DED por el presidente del tribunal cole-giado correspondiente.
7.3 Cuando el juez a evaluar no envía uno o varios meses de los reportes estadísticos corres-
pondientes a su labor del año sujeto a evaluación, la DED realizará los cálculos, dividiendo la puntuación máxima asignada de las competencias judiciales entre los 12 meses del año, y los meses no reportados representarán una disminución en la calificación final de dicho renglón.
7.4 Si el juez evaluado ha estado en más de un tribunal en el periodo de evaluación, debe en-
viar los reportes de sus labores en cada uno de los tribunales donde haya laborado, en el formulario correspondiente.
7.5 Los presidentes de salas de las cortes de apelación, los presidentes de las cortes de apela-ción y los presidentes de los tribunales colegiados de primera instancia, deben enviar mensualmente a la DED una relación con la cantidad de expedientes que hayan quedado en estado de fallo en su tribunal, identificados con su respectiva numeración.
7.6 Cuando un juez objeta a un evaluador en más de una ocasión, deberá justificar la mis-
ma.
ARTÍCULO 8. PERIODICIDAD
La evaluación se realizará con la periodicidad establecida en la Ley de Carrera Judicial, es decir, anualmente, a todos los jueces integrantes del Poder Judicial.
CAPÍTULO II
RESPONSABLES DE LA APLICACIÓN DEL
SISTEMA DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO.
COMPETENCIAS OBJETO DE MEDICIÓN
ARTÍCULO 9. RESPONSABLES DE LA APLICACIÓN DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO
9.1 Dirección General de la Carrera Judicial y Dirección para Asuntos de la Carrera Judi-cial
Corresponde a la Dirección General de la Carrera Judicial y a la Dirección para Asuntos de la Carrera Judicial, velar por la supervisión y adecuada aplicación del sistema de evaluación del desempeño.
9.2 División de Evaluación del Desempeño
Corresponde a la DED, bajo la supervisión de la Dirección para Asuntos de la Carrera Judicial:
1. Programar anualmente las evaluaciones del desempeño.
2. Velar porque las evaluaciones se realicen en las fechas programadas.
3. Asesorar a los jueces evaluadores sobre las normas, procedimientos y políticas que rigen
la materia, a fin de que apliquen el sistema objetivamente.
4. Procesar las informaciones y los datos numéricos obtenidos de los diferentes formularios
de labores, a fin de obtener la calificación final correspondiente a los jueces evaluados.
5. Presentar al Presidente de la Suprema Corte de Justicia, a través de la Dirección General
de la Carrera Judicial, informes sobre los resultados obtenidos en las evaluaciones del desempeño de cada juez.
6. Evaluar periódicamente la eficacia del sistema de evaluación del desempeño, velando
porque este cumpla su fin y esté acorde con la Ley y el Reglamento de Carrera Judicial.9.3 Jueces Evaluadores
El artículo 26 de la Ley de Carrera Judicial dispone que la Suprema Corte de Justicia evaluará a los jueces de las cortes de apelación y el tribunal superior de tierras; y los jueces de las cortes de apelación evaluarán a los demás jueces, excepto a los del tribunal de tierras de jurisdicción original, los que serán evaluados por jueces del tribunal superior de tierras.
En cumplimiento de la anterior disposición, los presidentes de cortes de apelación y equiva-lentes designarán cuáles jueces del Departamento Judicial correspondiente evaluarán a los jueces de primera instancia y equivalentes y a los jueces de paz y equivalentes, Dicha designa-ción se hará de forma aleatoria, según sus respectivas jurisdicciones.
Las responsabilidades de los jueces evaluadores son las siguientes:
1. Evaluar el desempeño de los magistrados, en los períodos acordados.
2. Realizar la visita de evaluación, conforme el procedimiento establecido.
3. Remitir a la DED las evaluaciones en la fecha que se le requiera.
Al calificar el desempeño de los jueces, el juez evaluador deberá cumplir con los requerimien-tos establecidos por el artículo 111, numerales 1, 2 y 4 del Reglamento de la Ley de Carrera Judicial.
9.4 Jueces Evaluados
Las responsabilidades de los jueces evaluados son las siguientes:
1. Colaborar con su participación en todo el proceso de su evaluación, atendiendo a las
convocatorias que les sean realizadas durante el proceso.
2. Remitir a la Dirección General de la Carrera Judicial los formularios que les sean requeri-
dos en el proceso de evaluación.
3. Definir su actuación durante el periodo de evaluación, ofreciendo las informaciones que le
solicite el juez evaluador y la requerida en los formularios.
4. Recibir al juez evaluador en la fecha prevista para la visita de evaluación, a los fines de que
cumpla con los objetivos indicados en la misma.
5. Comprometerse a cumplir con las recomendaciones finales de su evaluación.
ARTÍCULO 10. COMPETENCIAS OBJETO DE MEDICIÓN
Conforme disponen la Ley y el Reglamento de Carrera Judicial, la evaluación del desempeño se medirá sobre dos tipos de parámetros, que hemos denominado: “competencias judiciales” y “competencias no judiciales”.
10.1 Competencias Judiciales
Las “competencias judiciales” se refieren a:10.1.1 La información estadística de la labor del juez evaluado, recolectadas a través de formu-
larios diseñados a esos fines.
Debido a que la información estadística del desempeño de los jueces se refiere exclu-sivamente al juez, no al órgano judicial, la Dirección General de la Carrera Judicial ha diseñado los instrumentos y el procedimiento para la recolección de la información que servirá para la evaluación del desempeño de los jueces.
10.1.2 El factor denominado estructuración de la sentencia, en el cual se evalúan 5 sentencias
o resoluciones emitidas por el juez evaluado.
10.2 Competencias No Judiciales
Las competencias no judiciales, a los fines de la evaluación del desempeño de los jueces son:
1. Organización y control de actividades.
2. Liderazgo: capacidad de dirección y toma de decisiones.
3. Comunicación: relaciones interpersonales y trato con el usuario.
CAPÍTULO III
COMPETENCIAS JUDICIALES:
INFORMACIÓN ESTADÍSTICA DE LA LABOR DEL JUEZ Y ESTRUCTURACIÓN DE LA
SENTENCIA O RESOLUCIÓN
DEFINICIÓN DE LOS FACTORES Y DISTRIBUCIÓN
DE LA PUNTUACIÓN
ARTÍCULO 11. COMPETENCIAS JUDICIALES
11.1 Información Estadística de la Labor del Juez
11.1.1 Fundamentación
El proceso de evaluación del desempeño se fundamenta en la valoración del nivel de eficiencia de los jueces, a través de la gradación de factores definidos de acuerdo a la jurisdicción a que pertenezcan.
11.1.2 Definición de Factores
Sentencias Dictadas o Resoluciones Emitidas: se refiere al número de sentencias o resolu-ciones que pone término a la contestación, y que desapoderan al juez de la cuestión que se le sometió.
Audiencias Celebradas: se refiere a la cantidad de sesiones públicas o en cámara de consejo celebradas por el juez, tanto por períodos mensuales como las realizadas en un año.Incidentes Fallados: se refiere al número de decisiones pronunciadas por el juez acerca de toda discusión accesoria que sobreviene en el transcurso de un litigio, que no desapodera al tribunal y concierne a la forma del procedimiento.
Autos dictados: se refiere a la cantidad de resoluciones judiciales provenientes de un juez que deciden sobre incidentes o puntos que determinen la competencia del tribunal, la procedencia o improcedencia de la recusación, la admisión o inadmisión de una demanda, la denegación del recibimiento a prueba, o de cualquier otra medida que pueda producir a las partes un per-juicio irreparable y las demás que decidan cualquier incidente, cuando no esté establecido que se dicten en forma de sentencia.
Despacho de Asuntos Administrativos Jurisdiccionales: se refiere a la cantidad de asuntos administrativos en el orden judicial, que el juez lleva a cabo o despacha durante el período a