Reglamento Orgánico Funcional de la Secretaría de Estado de Hacienda, que deroga el Reglamento No. 1846 del año 1980, que creó el Instituto de Capacitación Tributaria, instituido por Dec. No. 489-07, Gaceta Oficial No. 10437, del 4 de septiembre de 2007. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 489-07CONSIDERANDO: Que en fecha 27 de diciembre del 2006 se promulgó la Ley No. 494-06, de Organización de la Secretaría de Estado de Hacienda; CONSIDERANDO: Que el Artículo 28 de la Ley No. 494-06 dispone que, en un plazo de 180 días a partir de la vigencia de dicha ley, el Poder Ejecutivo dictará el reglamento orgánico funcional de la Secretaría de Estado de Hacienda, el cual establecerá las funciones específicas de sus unidades orgánicas; CONSIDERANDO: Que el Artículo 8 de la Ley No. 5-07, que crea el Sistema Integrado de Administración Financiera del Estado, establece que en cada capítulo del Gobierno Central, se creará una unidad administrativa que centralizará la ejecución de las normas y procesos que rigen la Administración Financiera del Estado; CONSIDERANDO: Que es necesario definir el nivel organizacional que le corresponde a las diversas unidades que dependen directamente del Secretario de Estado de Hacienda; VISTA la Ley No. 10-07, del 5 de enero de 2007, que instituye el Sistema Nacional de Control Interno y de la Contraloría General de la República. VISTA la Ley No. 5-07, del 5 de enero de 2007, del Sistema Integrado de Administración Financiera del Estado. VISTA la Ley No. 498-06, del 28 de diciembre de 2006, de Planificación e Inversión Pública. VISTA la Ley No. 494-06, del 27 de diciembre de 2006, de Organización de la Secretaría de Estado de Hacienda. VISTA la Ley No. 423-06, del 16 de noviembre de 2006, Orgánica de Presupuesto para el Sector Público. VISTA la Ley No. 340-06, del 18 de agosto de 2006, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, y sus modificaciones. VISTA la Ley No. 6-06, del 11 de enero de 2006, de Crédito Público. VISTA la Ley No. 567-05 del 13 de diciembre de 2005, de Tesorería Nacional.VISTO el Decreto No. 130-05, que aprueba el Reglamento de la Ley General de Libre Acceso a la Información Pública; VISTA la Ley No. 121-01, del 15 de mayo de 2001, que crea la Dirección General de Contabilidad Gubernamental. VISTA la Ley No. 14-91, del 20 de mayo de 1991, de Servicio Civil y Carrera Administrativa y su Reglamento de Aplicación No. 81-94, del 30 de marzo de 1994. VISTO el Decreto No. 605-06, del 12 de diciembre de 2006, que establece el Reglamento Orgánico de Aplicación de la Ley No. 126-01, que crea la Dirección General de Contabilidad Gubernamental. VISTO el Decreto No. 63-06, del 23 de febrero de 2006, que aprueba el Reglamento de Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras. VISTO el Decreto No.586-96, del 19 de noviembre de 1996, que define la Estructura Básica de las Secretarías de Estado, entre otras disposiciones. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente: REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE HACIENDA TITULO I ORGANIZACIÓN SUPERIOR DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE HACIENDA ARTICULO 1.- FINALIDAD. El presente Reglamento define la estructura organizativa superior y los propósitos y funciones de la Secretaría de Estado de Hacienda y de sus dependencias, así como el nivel de autoridad e interrelación de sus funcionarios, en virtud de la aplicación de los principios de centralización normativa y descentralización operativa. ARTÍCULO 2.- ESTRUCTURA ORGANIZATIVA SUPERIOR. El nivel superior de la Secretaría tendrá la siguiente estructura organizativa:
- Secretaría de Estado de Hacienda
• Coordinación del Despacho
Departamento de Mesa de Entrada y Atención al Público
• Unidad de Análisis y Política Fiscal
Dirección de Estadísticas Fiscales Dirección de Política y Estudios Fiscales
• Unidad de Planificación y Desarrollo Institucional
Departamento de Planificación Institucional Departamento de Desarrollo Organizacional
• Unidad de Asuntos Jurídicos
• Centro de Capacitación en Política y Gestión Fiscal
Departamento AcadémicoDepartamento de Investigaciones y Publicaciones
• Área de Comunicación Social
• Asesores Especializados
- Subsecretaría del Tesoro
• Dirección General de Política y Legislación Tributaria
Departamento de Estudios y Políticas Tributarias Departamento de Legislación Tributaria Departamento de Incentivos y Exoneraciones Tributarias
• Dirección General de Crédito Público
• Tesorería Nacional
• Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado
Departamento de Tramitación y AnálisiDepartamento de Organización y Gestió
• Lotería
Nacional
• Área de Casinos y Juegos de Azar
Departamento de Evaluación y EstudioDepartamento de Fiscalizació- Subsecretaría de Presupuesto, Patrimonio y Contabilidad
• Dirección General de Presupuesto • Dirección General de Contrataciones Públicas
• Dirección General de Contabilidad Gubernamental
• Dirección General de Bienes Nacionales • Dirección General de Catastro Nacional
- Subsecretaría Técnico-Administrativa
• Dirección de Administración de Recursos Financieros
Departamento de Presupuesto Departamento de Contabilidad Departamento de Tesorería
• Dirección de Administración de Recursos Humanos
Departamento de Registro y Control Departamento de Reclutamiento y Selección Departamento de Clasificación, Valoración y Remuneración de
Cargos
• Dirección de Administración de Bienes y Servicios
Departamento de Compras y Contrataciones Departamento de Servicios Generales
• Dirección de Administración de Recursos Tecnológicos y
Comunicaciones
Departamento de Desarrollo y Mantenimiento de Sistemas Departamento de Soporte y Desarrollo de Infraestructura
Tecnológica TITULO II DEL DESPACHO SUPERIOR ARTÍCULO 3.- ATRIBUCIONES Y DEBERES DEL SECRETARIO DE ESTADO. El Secretario de Estado es responsable de dar seguimiento al cumplimiento de las atribuciones conferidas en la Ley No. 494-06 de Organización de la Secretaría de Estado de Hacienda, como organismo rector de las finanzas públicas nacionales.ARTICULO 4.- COORDINACION DEL DESPACHO. La Coordinación del Despacho tendrá el nivel jerárquico de Dirección de Área y el propósito y funciones siguientes: Propósito:Conducir los servicios secretariales y de apoyo al Secretario, la organización de su agenda y el registro de los actos administrativos en los que participen el Secretario y los Subsecretarios de Estado, además tendrá a su cargo la ventanilla única de recepción, seguimiento del trámite y archivo de la correspondencia, expedientes y documentos oficiales. Funciones:
a.
Presentar al Señor Secretario todos los proyectos de leyes, decretos, resoluciones y comunicaciones, sin excepción, que requieren de su decisión y firma, esta ultima en los casos que corresponda, previo análisis desde el punto de vista técnico-legal. b.
Organizar y conducir los servicios secretariales del Secretario. c.
Organizar la agenda del Secretario y darle seguimiento a su cumplimiento. d.
Coordinar la recepción, registro y tramitación de expedientes y comunicaciones, así como toda la documentación destinada al señor Secretario. e.
Ofrecer información a interesados debidamente acreditados, acerca del estado de tramitación de expedientes y proyectos de leyes, decretos y resoluciones. f.
Proceder a la numeración y registro de las resoluciones emitidas por el Secretario de Estado.g.
Coordinar el registro y custodia de los expedientes y resoluciones del señor Secretario y de los Señores Subsecretarios. DIVISION DE DESPACHO Funciones:
a. Efectuar la recepción, registro, trámite, seguimiento y distribución de
expedientes, comunicaciones y demás documentos dirigidos al Sr. Secretario. b.
Numerar y registrar las Resoluciones firmadas por el Secretario de Estado de Hacienda y conservar el originalc.
Dar seguimiento a la publicación en la Gaceta Oficial de las normas de la Secretaría e impulsar la publicación de leyes y decretos relacionados con su ámbito de competencia. d.
Promover la tramitación y realizar el seguimiento de los asuntos cuya atención y vigilancia le fueren expresamente encomendados por el Secretario. f.
Registrar y dar seguimiento de los proyectos de leyes y decretos originados en este Ministeriog.
Expedir copia autenticada de las Resoluciones dictadas por el Secretario. h.
Llevar el registro de las actas, acuerdos, cartas de intención, protocolos y convenios firmados por el Secretarioo Subsecretario,archivando el original. i.
Administrar y controlar el archivo de expedientes y documentación del Despacho del Secretario.DEPARTAMENTO DE MESA DE ENTRADA Y ATENCIÓN AL PÚBLICO Funciones: a.
Efectuar la recepción, clasificación, registro, seguimiento y archivo de la documentación y correspondencia dirigida a la Secretaría verificando que se ajusten a lo establecido en las normas vigentes. b.
Analizar el contenido de la documentación y tramitarla al área que corresponda, de acuerdo con las normas vigentes e instrucciones recibidas, así como asegurar la recepción de la misma en las unidades de destino. c.
Realizar el seguimiento administrativo de los expedientes, diferenciados por su importancia relativa, según lo disponga la autoridad competente. d.
Fiscalizar el trámite y realizar el seguimiento de los asuntos cuya vigilancia le fueren encomendados. e.
Mostrar a solicitud de las partes interesadas, representantes legales o apoderados, de expedientes en archivo f.
Efectuar el despacho de correspondencia, expedientes, comunicaciones y telegramas que emita la Secretaría.